RRHH Digital. El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó la ansiada y necesaria reforma laboral. Estaba claro que iba a tener fans y detractores, es decir, que generará polémica sí o sí.
Los temas principales son el despido y los contratos laborales además de los convenios, permisos de maternidad, formación, indemnizaciones a directivos de bancos y sentencia sobre un ERE.
Haciendo una visión muy rápida quiero destacar una serie de puntos que me parecen trascendentales.
En cuanto al despido:
-La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42). Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará sólo a los nuevos contratos.
-Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario.
-Además, la nueva normativa laboral delimita las causas objetivas del despido procedente de 20 días por año trabajado y permitirá a las empresas aplicarlo cuando puedan justificar haber tenido una caída de ventas durante nueves meses seguidos bajo control judicial.
-El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla.
-Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.
-La reforma acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los representantes de los trabajadores ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros.
En cuanto a los contratos, destaca la creación de un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
Otro punto a destacar es que a partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
En materia de formación, los trabajadores de más de un de un año de antigüedad tendrán derecho a 20 horas anuales de formación retribuidas siempre que el contenido de esos cursos esté vinculado al puesto de trabajo.
Permiso por maternidad
El Gobierno ha suprimido los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad. Desaparecen las bonificaciones mensuales de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los contratos indefinidos de las mujeres que regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad o una excedencia por cuidado de hijos, según el artículo 3 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y el empleo.
Tras todo el revuelo originado por la reforma laboral, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Fátima Báñez, aseguró que el objetivo es evitar que haya más despidos en las empresas españolas y aseguró que la nueva regulación ha sido «muy pensada«. Báñez explicó que en esta crisis se ha despedido a «muchos» trabajadores porque a los empresarios y a los empleados «les han quedado muy pocas opciones para adaptarse a la realidad económica que viven hoy».
No sabemos que pasará y que efecto tendrá, lo que está claro es que la palabra HUELGA va a tener mucho protagonismo en los próximos meses.
Les mantendremos informados
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