2 de noviembre de 2024
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La reforma laboral

La reforma laboral

RRHH Digital. Quedan pocos días para la ansiada reforma laboral. Los desempleados, máximos sufridores de la crisis junto a pequeños y medianos empresarios, pueden no obstante verse defraudados una vez más, si el cambio de legislación se queda en lo superfluo, huyendo de temas candentes como el abaratamiento del despido, la unificación de su coste, la potenciación de los convenios de empresa, la concesión de libre actuación de los contratantes sobre jornada, horarios, retribuciones y beneficios sociales, una nueva legislación sobre huelga, la eliminación de la intervención administrativa en los despidos colectivos y, sobre todo, la primacía de la contratación eventual sobre la  indefinida, con drástica reducción del número de contratos.

Por eso, puede augurarse el error o acierto del Gobierno, según el calado de la reforma y en función de que la misma prime el contrato indefinido, contra la realidad de su mínimo uso empresarial, o el temporal. Pues si se potencia aquel, la reforma podría fracasar; mientras que si se favorece la temporalidad, junto al respeto casi libérrimo a la voluntad de los contratantes, se cortará la riada del paro, para ya en 2.013 crear empleo.

Las razones son sencillas. Lo incomprensible es que sindicatos, patronal y Gobierno no las hayan considerado en tres largos años perdidos en una negociación fracasada desde su inicio. Pues lamentablemente las reformas laborales, producidas para generar empleo, han supuesto, muy al contrario, la destrucción del mayor número de puestos de trabajo de toda nuestra historia. Ahí están los datos de la Encuesta de Población Activa (5,27 millones de desempleados en el último trimestre); el incremento del desempleo en enero (177.470 parados más) y la merma de 283.684 cotizantes perdidos para la Seguridad Social; permaneciendo en activo menos de 17 millones de trabajadores.

Por eso, si la nueva reforma laboral va a primar los contratos indefinidos, puede augurarse que 2.012 concluirá con 6 millones de parados y una merma de más de 1 millón de cotizantes a la Seguridad Social. Lo que supondría la quiebra del régimen de pensiones, muy tocado económicamente y del sistema financiero, por el exponencial incremento del impago de hipotecas, inviabilizando parte de la reforma bancaria que el Gobierno acaba de implantar.

He reiterado que todos los parados necesitan un empleo, por precario que sea. Bastándoles, no obstante, un contrato temporal de subsistencia ante la crisis. Pues una relación fija, con fuerte indemnización y con múltiples beneficios sociales, aparte de inalcanzable, es lo que ha llevado a España a la ruina empresarial, de la que no saldremos sino con una legislación laboral de emergencia nacional, mínimamente invasiva, de perdurabilidad en el tiempo y con acomodación plena a la normativa media europea.

Con contratos a pactar por empresario y trabajador, dotándolos de autonomía y facultades para la derogación singular de los convenios colectivos de aplicación y con capacidad autónoma para pactar jornadas, horarios, retribuciones y movilidad geográfica y funcional. Enmarcado todo ello en una drástica reducción del coste de cualquier despido, a razón de 30 días de salario por año de servicio, con el tope de una anualidad; aplicable, por supuesto, no sólo a las nuevas contrataciones, sino a las actuales, que frenarían los derechos consolidados, de modo limitado al tiempo pasado, pero no futuro.
El legislador debe ser consciente que las compañías multinacionales están huyendo de nuestro país por el pánico, compartido por los empresarios españoles, a la contratación indefinida, los disparatados costes del despido, los incrementos salariales automáticos, al margen de la productividad y el beneficio empresarial y el intervencionismo administrativo en los expedientes de regulación de empleo.

Si la reforma laboral incide notoriamente en estos temas, acertará. Si los mismos quedan tal cual, fracasará.

Y si a ello añadimos que no parece probable que se mermen los excesivos derechos sindicales; ni el número de los liberados con sueldo y seguridad social a cargo de la empresa; como tampoco que se promulgue la Ley Orgánica sobre el derecho de huelga, por señalar puntos básicos que los gobiernos no se han atrevido a tocar; y se mantengan, por el contrario, el intervencionismo administrativo y la judicialización exacerbada sobre toda la vida del contrato laboral, el fracaso de la reforma estaría servido.

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