7 de septiembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

La retención del talento y la internacionalización de las empresas, las grandes ventajas del nuevo sistema de cotización de trabajadores desplazados al extranjero

La Orden SIM/835/2023 que regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de personas desplazadas en el extranjero supone un gran impulso para la internacionalización de las compañías y la retención del talento. Esta nueva normativa ha supuesto la tan esperada adaptación de la regulación a las nuevas modalidades de trabajo para fomentar la retención de talento en las empresas, además de ayudar a mantener a los trabajadores más motivados a desplazarse por períodos más largos.

Para las empresas que buscan crecer e internacionalizarse, la movilidad internacional de los empleados es un pilar básico de su estrategia. Poder contar con empleados que puedan desplazarse al extranjero permite a las empresas consolidar sus planes de expansión empresariales, adaptarse a los cambios globales y conseguir que sus equipos humanos estén más involucrados en el crecimiento y la visión de la empresa, ya que les ofrecen nuevas experiencias, responsabilidades y oportunidades de crecimiento.

Desde el punto de vista de los empleados, esta movilidad también puede ser muy positiva. Los trabajadores desplazados en el extranjero gozan de políticas de compensación salarial, complementos y beneficios por parte de la empresa. Además, tienen la oportunidad de mejorar su perfil profesional, adquirir nuevas experiencias y aumentar las posibilidades de seguir creciendo dentro de su empresa.

Hasta ahora, bajo la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 1982, los trabajadores desplazados muchas veces se encontraban en una situación particular tras haber cumplido con el periodo máximo otorgado por el Reglamento Comunitario y los Convenios bilaterales de Seguridad Social. Con la nueva norma, en cambio, pueden continuar sujetos voluntariamente a la legislación española una vez agotado el periodo máximo de desplazamiento previsto sin que sus pensiones y prestaciones se vean afectadas.

Esto significa que los trabajadores ya no tendrán que desvincularse de la Seguridad Social española una vez que termine el plazo máximo. Sus pensiones a futuro no se verán comprometidas, y tendrán también derecho a prestaciones por incapacidad temporal, maternidad y paternidad, invalidez, jubilación, muerte y supervivencia.

En definitiva, gracias a esta nueva norma las empresas podrán tener al talento en el momento adecuado y en el lugar adecuado el tiempo que sea necesario. A nivel empresarial, la nueva norma puede suponer un impulso para su expansión internacional. Y a nivel de los trabajadores, el nuevo marco legal puede ser una motivación añadida para lanzarse a realizar su vida personal y profesional en el destino asignado, con las garantías y la flexibilidad que les permite permanecer en la designación más allá de la limitación temporal que se imponía hasta ahora.

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Cuál consideras que es el mayor desafío en la implementación de medidas de seguridad en las empresas?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital