15 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

La subida del SMI y su afectación al mercado laboral español

De los aproximadamente 21 millones de asalariados que tiene España, unos 2 millones y medio perciben el salario mínimo interprofesional, lo que representa un nada despreciable 12% del total, por lo que cualquier incremento del mismo tiene una repercusión directa no sólo en el poder adquisitivo de dichos trabajadores, sino en el coste que han de afrontar sus empleadores, e, incluso, en la recaudación de las distintas administraciones públicas (así a las administraciones autonómicas les afecta a su tramo del IRPF y a la Administración General del Estado le afecta tanto en su tramo de IRPF como en las cotizaciones y seguros sociales que recauda). Por lo que ninguno de los actores que lo negocian en la Mesa de Diálogo Social es realmente neutral ni libre de intereses, lo que hace que no resulte fácil alcanzar un punto de equilibrio.

Con frecuencia vemos el incremento del SMI desde un solo punto de vista, el de la inmediata mejora salarial que van a experimentar los trabajadores que lo perciben, pero la verdad es que el tema es un poco más complejo, ya que también tiene una afectación directa en otros aspectos, como es la competitividad del empleador, la creación de nuevas contrataciones, la incorporación o el mantenimiento en el mercado de trabajo de colectivos vulnerables o, incluso, en la fiscalidad que ha de soportar el trabajador (como ocurrió con el incremento del 2019 que hizo que los trabajadores que cobraban el SMI saltaran de tramo en el IRPF).

Otro error que se comete con frecuencia es que, cuando oímos hablar de un incremento del SMI, automáticamente pensamos en grandes empresas, por lo que nos da la sensación que la negativa de las patronales a un incremento ambicioso se debe a una posible falta de empatía para con los trabajadores, cuando realmente dicho incremento afecta muy poco a las grandes empresas y sí mucho a un sector empresarial relativamente vulnerable, ya que el SMI afecta en gran medida a pequeñas y medianas empresas, a autónomos, o a sectores expuestos a grandes vaivenes como puede ser el sector agroalimentario o el turístico. Por lo que un incremento u otro puede suponer la diferencia entre que un autónomo pueda contratar a un segundo trabajador que le permita hacer crecer su actividad o que una explotación agrícola salga a cuenta o no, y en todo caso siempre tendrá una afectación (positiva o no) en la competitividad de la empresa.

También se suele cometer el error de pensar en el incremento como la cifra que se publica en el BOE, cuando lo correcto sería analizarla como el coste real que le supone al empleador, así, por ejemplo, el incremento del 5% recientemente acordado por el Gobierno, que en los medios vemos que supondrá un incremento de 54€ mensuales o 756€ anuales, implicará un coste real para el empleador de 71€ mensuales o 998€ anuales, ya que hemos de tener en cuenta que sobre el incremento del SMI el empresario tendrá que asumir aproximadamente un 32% en seguros sociales. Es decir, para el empresario el coste laboral de su trabajador no serán los 15.786€ que reflejará el Real Decreto que se publique en el BOE, sino los 20.953,14€ que tendrá que desembolsar si el trabajador es indefinido (o 21.143,65€ si lo tiene con contrato temporal), y estos importes no distinguen de peculiaridades, es el mismo sea la relación laboral en un núcleo con gran actividad económica y un mayor coste de vida (como puede ser Madrid o Barcelona) o sea en un núcleo con un coste de vida menor (como pueden ser Las Hurdes), siendo ese un elemento relevante, ya que podemos encontrarnos que un incremento del SMI suponga una cierta activación del consumo y de la actividad económica en un sitio, pero suponga la destrucción de empleo (o la no contratación nueva) en otro.

En definitiva, no es una buena noticia que el SMI se haya acordado a espaldas de las organizaciones empresariales (e incluso podríamos decir que contra ellas, ya que el Gobierno pasó del 4% que proponía al 5% como represalia a la negativa patronal de moverse del 3% si el Gobierno no trasladaba dicho incremento a los contratos públicos), máxime si tenemos en cuenta que el 2024 se presenta como un año con grandes incertidumbres, en el que no sabemos cómo se va a comportar nuestro mercado laboral (que recordemos que tiene una tasa de desempleo que dobla a la media europea).

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Cuál es el mayor desafío para abordar la salud mental en el entorno laboral?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital