30 de octubre de 2024
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Más de 157 familias españolas se han declarado ya en quiebra

Más de 157 familias españolas se han declarado ya en quiebra

La sombra de la insolvencia de los hogares españoles se alarga cada vez más por el aumento del esfuerzo hipotecario y el encarecimiento de bienes básicos como la gasolina y los alimentos de primera necesidad. Así, desde que entró en vigor la Ley Concursal en septiembre de 2004 (que sustituyó a las suspensiones de pagos y declaración de quiebra) hasta julio de este año, un total de 157 particulares o familias se han declarado en quiebra, según los datos oficiales consultados por INVERTIA. Además, el número de expedientes ha experimentado en el primer semestre de 2007 un crecimiento del 29% (un total de 40 expedientes).

Esta nueva ley permite a los particulares y familias que, al igual que las empresas, se declaran insolventes cuando no pueden hacer frente a los pagos y deudas pendientes y evitar así que los tribunales inicien de manera acelerada los embargos y la intervención de los bienes.

La regiones donde más quiebras concursales de hogares o familias se producen son Cataluña, Valencia y Murcia, si bien en el caso de la comunidad catalana la cifra está distorsionada al ser también la que más expedientes concursales de empresas y profesionales autónomos registra.

La directora del Registro de Economistas Forenses (Refor), Ines Landín, explicó a esta web que esta tendencia continuará en aumento si, como apuntan los expertos, los tipos de interés y el Euribor siguen repuntando en los próximos meses.

En el segundo trimestre de este año 2007 los procedimientos concursales iniciados ascendieron en nuestro país a 20, la misma cifra que en el primer trimestre del año. Sin embargo, sumando ambos trimestres, el total (40 casos) es sensiblemente superior al del mismo periodo del año anterior, cuando ascendió hasta los 31 casos, tras registrar 13 en el primer trimestre y 18 en el segundo.

Los datos de expedientes de quiebras de familias o particulares en el segundo trimestre (que se elevó a 20) suponen alrededor del 9% del total realizados (por el gran peso de los procesos concursales planteados por empresas y profesionales autónomos), que se elevó a 232 y que supuso una disminución del 1,7% respecto al mismo trimestre del año anterior.

Encarecimiento de la vivienda y estallido del euro

Según los expertos, entre los factores que influyen es este incremento del incumplimiento de los pagos se encuentra el fuerte encarecimiento de la vivienda en los últimos años del boom y la inflación generada por la introducción del euro en sustitución de la peseta. De hecho, en estos momentos las familias españolas destinan el 44,8% de su renta bruta disponible a financiar la compra de vivienda, casi dos puntos más que al cierre de 2006 y la cifra más alta de toda la serie histórica.

Este dato tiene su fiel reflejo en el ahorro. De acuerdo con los últimos estudios, la tasa de ahorro las familias españolas ha descendido un punto en los últimos seis años hasta representar en 2006 un 8,7% del total de la renta familiar disponible, frente al 9,7% registrado en el año 2000.

Por el contrario, el endeudamiento de las familias españolas marcó un nuevo récord histórico al finalizar el primer trimestre de 2007 y se situó en 859.970 millones de euros, lo que equivale al 88% del PIB y supone un incremento del 17,5% en relación al mismo periodo del año anterior.

Escenario “nada favorable para las familias”

La CEOE advirtió esta semana de que la continua subida de los tipos de interés y su traslación a la carga financiera está "erosionando" la capacidad de compra de las unidades familiares, no sólo en consumo sino también en vivienda, por lo que el ritmo de gasto y de endeudamiento está atenuando su ritmo de crecimiento en los hogares en mayor medida que en las empresas.

Por su parte, CCOO ha venido denunciado que la subida de la inflación y el encarecimiento de las hipotecas marcan un escenario "nada favorable" para las familias y la capacidad de crecimiento de la economía española.

Pese a estas advertencias, el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, Pedro Solbes, ha asegurado en varias ocasiones que no ve motivos de preocupación por el aumento de la morosidad causada por la subida de los tipos de interés. Aún con ello, Solbes reconoce ser consciente de que "un gran número de españoles ha visto con preocupación como los tipos de interés de sus hipotecas, que hasta ahora bajaban y bajaban, hace unos meses, han comenzado a subir".

Sentencias favorables

Recientemente, en el otoño de 2006, el caso de una familia catalana alcanzó notoriedad al conseguir gracias a la Ley Concursal aliviar sus cargas financieras por primera vez en la historia de nuestro país. El matrimonio, formado por Josep Gil y Maria del Carme Bernet, naturales de Sant Salvador de Guardiola (localidad situada entre Manresa y L’Anoia), consiguió que un juez dictaminara un acuerdo con sus acreedores para evitar los embargos y dejar de pagar un 30% de los 160.000 euros que debían.

Anteriormente había saltado a la palestra otro caso en el País Vasco. En este caso se refería a una familia vizcaína que se vio obligada a mudarse a Burgos ante el encarecimiento de la vivienda en la localidad en la que residían debido a que unas letras impagadas, un cambio de trabajo con peor sueldo y una hernia discal provocaron que no pudieran hacer frente a las deudas. Después de ser admitida la solicitud, el juez dictó un auto de declaración del concurso y nombró un administrador concursal, quien en el plazo de dos meses llegó a un acuerdo con los acreedores para solventar las deudas de esta familia. El convenio tuvo que ser aprobado posteriormente por los tribunales.

Ventajas de la declaración de quiebra

La Ley Concursal , aprobada el 1 de septiembre de 2004 y que sustituyó a la antigua figura de la suspensión de pagos, ha abierto desde entonces una puerta a aquellas personas o familias que se ven en dificultades financieras ya sea por el aumento de la hipoteca, por uso excesivo de las tarjetas de crédito.

Tras declararse en quiebra, la familia consigue paralizar el cobro de las deudas y las órdenes de embargo que pueda haber, si bien la familia tampoco puede tocar sus bienes. Paralelamente, los administradores nombrados por el juez pasan a tutelar las finanzas familiares, que estudian todos los bienes para hacer frente a la situación.

Normalmente, se fija una cantidad mínima de los ingresos familiares para vivir y el resto se aparta para hacer un fondo para pagar las deudas. El último paso es la junta de acreedores, donde se negocia con los bancos qué cantidad se les debe volver, en cuanto tiempo y en qué condiciones. La ley concursal permite que sea en un plazo máximo de cinco años y que se pueda llegar a rebajar hasta un 50% de la deuda.

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