23 de diciembre de 2024
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Quiero ser abogado de Air Madrid

Quiero ser abogado de Air Madrid

Por fin, siguiendo la buena costumbre de “dimitir un minuto antes de que te echen….” la Compañía  Air Madrid ha decidido suspender sus actividades. En su comunicado, la empresa afirmaba que ha llegado a esta situación límite por la situación precaria a la que el expediente abierto por el Ministerio de Fomento le ha avocado.

No quiero tratar sobre el problema generado a los pasajeros, que al parecer hasta ciento veinte mil se pueden quedar sin retorno a España, sino sobre mi especialidad, la cuestión de los trabajadores de la Compañía que, obviamente, están a un paso del desempleo.

La afirmación del título de este comentario es porque el tema es interesante y un reto legal. Significa poder entrar en la figura del “factum principis” que, como causa de fuerza mayor impropia, existe en nuestro país, aunque no ha sido nunca suficientemente desarrollada.

Me explico: como es sabido, la fuerza mayor es un hecho imprevisible o, que de haberse podido prever, es inevitable. Todo el mundo sabe que un terremoto, un incendio o la guerra son causas de fuerza mayor evidentes.

Cuando concurren este tipo de situaciones, y la relación laboral deviene imposible de continuar, esta debe extinguirse. El procedimiento es un Expediente de Regulación de Empleo sumarísimo, que ni siquiera cuenta a veces con la presencia de los trabajadores, después del cual la Autoridad Laboral dicta una resolución autorizando extinguir los contratos de trabajo sin contraprestación (indemnización) alguna.

Cuando existe una decisión administrativa (acto -<> de la Administración <>) que provoca la inviabilidad de una empresa, la doctrina jurisprudencial ha venido asimilando el supuesto a la fuerza mayor, con el apellido (muy descriptivo) de impropia.

Lo malo es que la empresa Air Madrid se ha adelantado a ese “hecho del Príncipe”, y no ha esperado a que el cierre fuese una decisión administrativa. Desde el punto de vista laboral, ello le puede ocasionar tener que arrostrar con las indemnizaciones correspondientes a un cierre voluntario, a un ERE normal.

Pero si es cierto, como se afirma en el comunicado, que la decisión era inevitable a la vista de las exigencias del Expediente del Ministerio de Fomento, la cuestión de si concurre una circunstancia de fuerza mayor impropia es planteable. Ese es el reto, lo interesante que decía de la cuestión.

Esta nueva crisis laboral que ahora se abre dejará indudables lecciones de Derecho del Trabajo. Seguiremos atentos.

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