Si bien todos en alguna ocasión hemos oído eso de «yo soy autónomo», rara vez pensamos que pudiese existir un colectivo de profesionales que cotizaran en un régimen distinto al general de la seguridad social.
Fuera de esa normalidad que suele representar el RGSS, hay otros mundos que no han sido demasiado valorados por las administraciones de turno; este es el caso de los autónomos.
Por fin, cerca de 3 millones de trabajadores autónomos, y empresas constituidas bajo esta modalidad, van a ser perceptores de derechos en materia, principalmente, de protección social, gracias al nuevo estatuto del autónomo, firmado esta semana como anteproyecto de ley por las principales asociaciones de autónomos y por el Ministerio de Trabajo.
Prestaciones por desempleo, jubilación anticipada y la figura del autónomo dependiente son los pilares básicos de un estatuto que viene a reconocer, de una vez, la existencia del autónomo, y la necesidad de equiparación de este a los trabajadores del régimen general.
Aunque todavía está en fase de anteproyecto, y queda una larga espera hasta que entre en vigor, esta antesala ya representa un acierto por parte de la Administración, aunque sea susceptible de futuras mejoras y ampliaciones.
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