23 de diciembre de 2024
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Fittest y las formas

Fittest y las formas

El pasado sábado se jugó un partido que a nadie que le guste el futbol deja indiferente, Barça vs Madrid. Al finalizar los 90 minutos, alguien que no hubiera visto el encuentro, pero que sí hubiera escuchado las declaraciones de jugadores y entrenadores, habría pensado que el Madrid había ganado, y que el Barcelona había perdido. Un empate que supo a victoria para unos y a derrota para otros. Diferentes modos de ver la realidad.

Pues esto es lo que pasa también con este caso. Me sorprendí al ver el burofax del abogado de Fittest, Guillermo Llago Navarro, amenazando a diestro y siniestro con acciones legales si no rectificamos la información publicada, haciéndonos responsables solidarios junto con Cátenon y la empresa de comunicación de esta de los males de su cliente.
Eso sí, al final se pone muy amablemente a nuestra disposición para cualquier cosa que consideráramos oportuna. Esto, esa puesta a disposición , aunque sólo sea por guardar las formas, podía haber ido primero, después nos podía haber pedido la rectificación o ampliación de la noticia y, finalmente, si no hubiéramos hecho caso, la correspondiente demanda o querella.

Sin entrar a juzgar lo ya juzgado, simplemente porque no me apetece y porque para eso hemos puesto los documentos en el periódico a disposición del que quiera verlos, creo que este abogado ha magnificado un proceso informativo de manera poco inteligente, sobre todo porque el juez ha fallado que 1) los actos juzgados, incluir menciones tales como método innovador, sistema innovador, método propio, larga experiencia, 10 años de experiencia, en la publicidad de la demandada es un acto constitutivo de competencia desleal; y por ello, 2) el juez obliga a Fittest a dejar de utilizar dichas expresiones en sus folletos o publicidad y a cesar en dichos actos.

Es verdad, Cátenon no ha conseguido su pretensión de indemnización de 20 millones de euros –una barbaridad-, ni otras variadas pretensiones que no recuerdo (*leer sentencia en documentación para no ser acusado de parcial), pero ha conseguido que un juez diga que el cliente de este abogado, Fittest, es un competidor desleal, por las razones antes descritas.

Desleal, según el DRAE, significa que «obra sin lealtad»; y lealtad, entre otras cosas, según el mismo diccionario, significa “cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor y hombría de bien” y “legalidad, verdad, realidad”. Según el juez, su cliente ha actuado sin todas estas características que definen algo tan honroso como la lealtad. Para usted, sin embargo, según indica en su burofax, el juez sólo ha obligado a eliminar “diversas expresiones que constaban en la publicidad de mi representada y como pueden generar cierta confusión las debe eliminar”. Ya ve, diversas formas de interpretar un resultado.

En cualquier caso, le hemos dado a esta información un tratamiento que no merecía. De una simple nota en una sección ha pasado, gracias a usted, a portada de nuestro humilde periódico. Pero hemos cumplido con su voluntad, publicar todos los documentos a título de aclaración, rectificación o como quiera usted llamarlo, no por sus amenazas, sino porque su cliente, creemos, tiene derecho a ello.

Para finalizar, no hemos sido el único medio que ha publicado esta información. O ustedes no saben buscar o no han querido buscar. La única diferencia importante entre lo que hemos publicado nosotros y lo publicado por los otros es que han omitido el nombre del demandado, Sr. Vigil, y el de su ETT. Acudan a la sección de documentación y comprobarán que era más fácil haber encontrado la nota en ese otro medio que en el nuestro.

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