El año transcurrido desde la obligatoriedad de registrar la jornada laboral de todos los empleados ha sido una montaña rusa para trabajadores, empresas, administraciones, sindicatos y consultores que ha tenido un loop final de infarto con la llegada de Covid-19. El tema no era ni es menor, ya que estamos ante una nueva manera de redimensionar la variable del tiempo, más concretamente el tiempo de trabajo efectivo que es aquel en el que trabajadoras y trabajadores se encuentran realizando tareas asociadas a su actividad.
La gestión del tiempo de trabajo efectivo marca un gran avance en la productividad, pero también es una oportunidad para la flexibilidad y para mejorar la autogestión del tiempo. Registrar el tiempo de trabajo efectivo incluye los momentos en los que el empleado está desarrollando su actividad. Sin embargo, excluye el tiempo dedicado al acceso y salida del trabajo, el dedicado al transporte al centro de trabajo, el de las pausas (fumar, almorzar, comer …) el necesario para fichar, etc. Un correcto registro de los tiempos de descanso o pausas en la jornada puede conseguir que se optimice, no solo el trabajo, sino también la propia gestión del tiempo, reduciendo las horas extras y el presentismo al mínimo. Comparado con lo que hacían antes muchas empresas, que se limitaban a saber el horario de sus empleados, sin conocer realmente que pasaba durante esas horas, el salto es importante.
De este modo las empresas que han llevado un registro correcto del tiempo de trabajo efectivo de sus empleados, cumpliendo los criterios de fiabilidad, no alterabilidad y veracidad exigidos, no solo han cumplido la ley y evitado sanciones. Además, han ganado en productividad, en compromiso y en optimización de recursos, ya que, en todo momento, han sabido qué estaban haciendo realmente sus empleados, incluso tras la implantación del teletrabajo en tiempo récord el pasado mes de marzo.
Por otro lado, los trabajadores también se han visto beneficiados Se ha demostrado que si se realiza adecuadamente el registro obligatorio de la jornada laboral no comporta mayor rigidez, sino una mayor flexibilidad, permitiendo una distribución irregular de la jornada, lo que favorece enormemente a la conciliación familiar.
Si antes de las crisis generada por el Covid-19 la ley de registro horario había experimentado constantes cambios, la llegada del teletrabajo, los ERTEs, los permisos retribuidos recuperables, los cierres… han supuesto una prueba de fuego para las organizaciones y su rápida adaptación a las nuevas exigencias.
También para la propia normativa de registro de la jornada y su implantación real en las empresas. En los últimos dos meses se han publicado 10 Real Decreto Ley que afectan a cómo gestionar, precisamente, el tiempo de los empleados. Sin olvidar que si bien el registro horario ha pasado a un segundo plano durante el estado de alarma, su cumplimiento continúa siendo obligatorio tal como ha señalado reiteradamente el Ministerio de Trabajo.
Desde Robotics, una de las conclusiones de este intenso año de trabajo volcados en ayudar a las empresas en el registro obligatorio de la jornada laboral, es que este necesita ir acompañado de un buen servicio de asesoría para aplicar correctamente los cambios normativos presentes y futuros, pero también las acotaciones marcadas por los nuevos precedentes judiciales, que provienen de las primeras resoluciones judiciales vinculadas al registro. Contar con una herramienta que sea adaptable a las distintas necesidades pero sin dejar de lado el cumplimiento de la normativa puede ser la única solución valida para la gestión del tiempo en el presente y en el futuro
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