22 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Cataluña y el Talento

Cataluña y el Talento

¿Debemos los profesionales de la gestión del talento estar preocupados por la situación en Cataluña?, lo cierto es que vivimos un periodo de inestabilidad política que ya ha provocado decisiones importantes en el seno de las empresas.

Hemos asistido a los anuncios de varias importantes compañías de mover sus sedes sociales a otras Comunidades Autónomas como una reacción ideológica, económica u organizativa, para proteger sus inversiones, pero no hemos asistido aún a una movilización del talento.

Analicemos el impacto real que esta situación tiene sobre las personas:

La modificación de sede social es inmediata y basta con que la Dirección decida trasladar de forma efectiva su centro de operaciones a otro lugar para que  se produzca un efecto fiscal, ya que los tributos locales y aquellos que gravan las operaciones societarias pasan a ser recaudados por el Ayuntamiento de la localidad donde la empresa toma las decisiones de gestión y administración, si bien esto no implica necesariamente un traslado efectivo de los trabajadores, por lo que el efecto sobre las personas, aunque exista, es reducido y limitado a los primeras espadas de las compañías y determinados perfiles directivos.

En el corto plazo no es factible para una empresa modificar la ubicación de sus centros de producción y renunciar por tanto a cuestiones como:

–          Las economías de escala externas que se generan por contar con una industria cercana que provea de insumos a su actividad.

–          La distancia a sus clientes que les permiten tener una ventaja derivada de su ubicación.

–          La disponibilidad de talento formado y disponible para la incorporación a sus proyectos y/o la de los medios de producción ya instalados y operativos.

Estas y otras muchas cuestiones hacen que movilizar los centros de producción, las oficinas y las fábricas, conlleven periodos de maduración más largos, pero a su vez, que su efecto sea de mayor calado y genere una inercia difícil de frenar.

Una vez que cualquier empresa toma la decisión de deslocalizar, (no olvidemos que hay empresas para las que será imposible modificar su centro de explotación, por ejemplo el de una explotación minera) comenzarán a aplicar los mecanismos que la ley establece para este tipo de situaciones y que a nivel laboral se recogen básicamente en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores.

Más allá de la cuestión práctica y tremendamente conflictiva que supone trasladar grandes grupos de personas dentro o fuera del territorio nacional por el impacto que esto tiene sobre su vida personal, profesional y familiar, quiero destacar dos brechas que se producirían:

–          A nivel de disponibilidad de talento, los profesionales dedicados a la selección e incorporación de talento encontrarán serias dificultades a la hora de cubrir una importante cantidad de vacantes producidas por la heterogeneidad de las decisiones de los trabajadores a la hora de localizarse o no en la nueva ubicación física de la empresa y por tanto se generará carencia de talento disponible en diferentes áreas de la organización.

–          Respecto a la evaluación del desempeño es más que probable que disminuya el rendimiento a corto y medio plazo, y que esto afecte a la calidad del producto o servicio ofrecido por la empresa a sus clientes, ya que los trabajadores deberán afrontar nuevos retos derivados del traslado que les afectará a su normal rendimiento, esto redundará en una insatisfacción general para los usuarios y los propios trabajadores.

Estás son únicamente dos pinceladas del cuadro, dos ejemplos de las previsibles consecuencias de un obligado cambio de localización.

No hay que demonizar estos cambios ya  que cuando se tratan de algo voluntario y previsto que se hace en pro de generar beneficios para los diferentes actores de la vida de la empresa, son muy bienvenidos, pero cuando se produce una huida, como es el caso, pasará mucho tiempo hasta que las organizaciones recuperen sus ratios de funcionamiento y muy grande el esfuerzo que deberán hacer las personas para volver al camino crítico que les permita obtener un buen rendimiento profesional y conciliar este con su vida personal.

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Qué impacto tendría la implementación de una jornada laboral reducida en el rendimiento y la satisfacción de los empleados?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital