27 de diciembre de 2024

Mi pensión pública no es un problema (la privada sí)

 

El sistema público de pensiones en su modalidad contributiva es de carácter obligatorio. Se proporcionan rentas de sustitución, por razones de edad, incapacidad o muerte, en proporción al esfuerzo de cotización efectuado. La financiación debe realizarse básicamente, con cotizaciones sociales a través de un sistema de reparto y el importe de las mismas depende del número de cotizantes, la base media de cotización y el tipo de cotización.
Son muchas las variables que inciden en la variación futura de las pensiones de la Seguridad Social. Los partidos políticos anunciaron en el Pacto de Toledo de 1.995 que el sistema de pensiones debía prepararse para hacer frente a un incremento de sus obligaciones con las próximas generaciones de pensionistas introduciendo medidas correctoras.
Las reformas aprobadas en 2.013 ambicionan la sostenibilidad del sistema mediante la reducción del valor real de la pensión media ampliando el número de años de contribución que se utilizan para el cálculo de las mismas, retrasando la edad de jubilación e introduciendo dos factores de sostenibilidad. Sin embargo, el mantenimiento de las pensiones públicas será muy complejo a largo plazo por el problema demográfico español.
El desembolso en pensiones superó el pasado mes de junio el nivel histórico de 8.000 millones de euros para pagar las pensiones de jubilación de 5,5 millones de españoles con una prestación media de 1.000 euros al mes. Mileuristas.
Eduardo Mendoza sentenció en La verdad sobre el caso Savolta que “un problema deja de serlo si no tiene solución”. Me atrevería a aportar que un problema también deja de serlo si yo no puedo contribuir a la solución del mismo. Deja de ser un problema para convertirse en unas nuevas reglas de juego sobre las cuales tendré que tomar, o no, mis decisiones. El asunto que nos ocupa ha dejado de ser un problema para convertirse en un hecho real.
Ante la incertidumbre de saber cuál será el importe real de nuestra pensión pública cuando nos jubilemos sólo tenemos dos alternativas: una, dejarlo todo en manos del ministro del ramo de entonces u ocuparnos personalmente de resolver el problema sobre cuál será mi nivel de ingresos el día en que deje atrás mi actividad laboral.
Seguramente estará pensando que, con la urgencia de los problemas cotidianos agravados estos últimos años como consecuencia de la crisis impide atender a cuestiones decisivas de más largo alcance. Y es verdad, pero el problema es que tampoco lo hacíamos cuando nos considerábamos ricos antes de 2.008. Es una carrera de fondo.
Tres de los elementos cruciales a tener en cuenta  para planificar nuestro ahorro a largo plazo son el cuándo comenzar a ahorrar, qué rentabilidad vamos a obtener  por nuestros ahorros y la fiscalidad de las aportaciones realizadas y de las prestaciones percibidas.
Si nuestro mileurista jubilado de 67 años quisiera ver complementada su pensión pública antes de impuestos con otra renta mensual de igual cuantía proveniente de nuestro ahorro privado debería tener acumulado hoy un capital de 390.000 euros, aproximadamente. Con este capital y la pensión pública podría percibir una renta anual vitalicia de 24.000 euros brutos anuales.
Estimando una rentabilidad neta del 3% anual acumulada, las aportaciones mensuales necesarias para garantizar este capital habrían sido muy diferentes en función de cuándo hubiera comenzado a realizar nuestra primera contribución:
Si lo hubiera dejado para última hora, el esfuerzo será necesariamente importante. Comenzando a los 55 años, la aportación necesaria para garantizar una pensión mensual de 1.000 euros a los 67 años es de 2.245 euros mes. Simplificando, cada mes hubiera tenido que financiar dos meses de su jubilación.
Si hubiese visto la luz diez años antes, a los 45, la aportación requerida habría sido menos de la mitad, 1.045 euros. Uno a uno, y
Si hubiera tenido una educación financiera integrada en su plan educativo que le hubiese motivado a iniciar este ahorro a los 35 años, con 600 euros mensuales habría sido suficiente para conseguir la misma pensión privada objetivo.
Es decir, el esfuerzo mensual que tenemos que realizar al comenzar a ahorrar para nuestra jubilación es casi 4 veces más severo dependiendo de si comenzamos a los 35 o a los 55 años. En la práctica, comenzar muy tarde hace imposible que podamos tener una pensión complementaria suficiente a nuestro nivel de ingresos en el período de actividad.
 ¿Y qué ocurre si nuestras inversiones obtienen una rentabilidad diferente? ¿Impacta mucho en mi pensión futura la gestión de esos activos? La contestación es un rotundo sí.  Analicemos el ejemplo anterior duplicando la rentabilidad obtenida. Es decir, un 6% frente al 3%:
Comenzando a los 55 años, la aportación mensual sería de 1.865 euros frente a los 2.245 euros anteriores. La reducimos en un 17%. 
A los 45, la aportación requerida hubiera sido de 723 frente a los 1.045 euros previos, un 31% menos, y
Con 35 años, la contribución habría sido de 345 frente a los 600 euros, un 43% menos.
Es decir, es imprescindible una vigilancia permanente del gestor de nuestras inversiones ya que, en función de su desempeño, nuestro esfuerzo de ahorro a largo plazo puede verse recompensado por unas prestaciones tremendamente superiores a la estimadas inicialmente o dar al traste con nuestro nivel de ingresos deseado al acceder a la jubilación.
El tercer y último elemento crítico para planificar nuestro ahorro a largo plazo es la fiscalidad de las aportaciones realizadas y las prestaciones cobradas. Desgraciadamente para nuestros intereses este asunto escapa de nuestro control y afecta enormemente a las empresas.
¿Qué opinan nuestros políticos sobre la necesidad de complementar las pensiones públicas? La Comisión del Pacto de Toledo recomendó abordar la ordenación de la previsión social complementaria potenciándola como elemento de consolidación del modelo de protección social. En concreto, propuso la actualización y mejora de los incentivos fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial atención a los sistemas colectivos.
Con esta finalidad, casi 10 años después, se estaba elaborando un Real Decreto que tenía por objeto regular el contenido de la información para hacer efectivo el acceso de los trabajadores a una información personalizada sobre su pensión estimada a la jubilación de la Seguridad Social así como sobre los instrumentos de carácter complementario o alternativo que contemplaran compromisos por jubilación. Esta información se extendería, inicialmente, a los trabajadores con 50 o más años de edad aunque parece que esta iniciativa se retrase hasta el próximo año.
Sin embargo, parece que los sistemas colectivos de previsión empresarial siguen sin ocupar una de las prioridades de la agenda del ejecutivo actual: La entrada en vigor del RD Ley 16/2013, en cuanto que  considera las aportaciones a los Planes de Pensiones de Empresa y las primas pagadas a los Seguros Colectivos conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, ha supuesto un jarro de agua fría para el desarrollo de la previsión complementaria al incrementar en un 31% el coste de las empresas la promoción de este tipo de retribución. Y el nuevo IRPF amenaza que reducirá el límite máximo de aportación a los planes de pensiones.
En cualquier caso, atentos al desenlace final del marco fiscal y legal, la acción política no podrá ser sustitutiva a nuestra decisión de complementar o no la cuantía de nuestra futura pensión pública. El legislador determinará las reglas de juego, pudiendo limitar el largo y ancho del terreno de juego, con reglas más o menos atractivas, pero nunca podrá jugar por nosotros.
¿Y qué papel van a jugar las empresas en todo esto? Al margen de la ola de consultas que previsiblemente van a tener que atender de sus empleados mayores de 50 años cuando estos reciban la información sobre su futura pensión de la Seguridad Social y, cuando concurran, de los planes de pensiones de empresa y seguros colectivos de ahorro, este escenario representa una gran  oportunidad para la gestión del talento y una enorme responsabilidad social para con todos los trabajadores.
Las empresas que incluyan en sus paquetes de compensación total sistemas de previsión social complementarios flexibles, donde el empleado pueda realizar aportaciones voluntarias y beneficiarse de una mayor rentabilidad por una mejor gestión y menores comisiones, destacarán por encima de las demás en la lucha por conquistar al mejor talento. Pero así mismo tendrá una responsabilidad social con todos los empleados sensibilizándolos de la necesidad de destinar una parte de su compensación actual a un salario diferido, para hacer frente a la disminución del nivel de vida en el supuesto de jubilación, invalidez o fallecimiento. Para ello, tendrá que poner en práctica constantes programas de formación y concienciación para que después, cada empleado, en función de sus preocupaciones y necesidades personales y familiares decida libremente cómo quiere redistribuir su compensación.
Para concluir, reiterar que el problema de mantener un nivel de ingresos suficiente al acceder a la jubilación está encima de la mesa, nuestra mesa. Está en nuestras manos la decisión de intentar resolverlo de acuerdo con nuestras posibilidades presentes y futuras o de pensar que el problema no es nuestro. Y me temo que nadie se va a preocupar mejor por nosotros que nosotros mismos. O nuestras empresas.

El sistema público de pensiones en su modalidad contributiva es de carácter obligatorio. Se proporcionan rentas de sustitución, por razones de edad, incapacidad o muerte, en proporción al esfuerzo de cotización efectuado. La financiación debe realizarse básicamente, con cotizaciones sociales a través de un sistema de reparto y el importe de las mismas depende del número de cotizantes, la base media de cotización y el tipo de cotización.

Son muchas las variables que inciden en la variación futura de las pensiones de la Seguridad Social. Los partidos políticos anunciaron en el Pacto de Toledo de 1.995 que el sistema de pensiones debía prepararse para hacer frente a un incremento de sus obligaciones con las próximas generaciones de pensionistas introduciendo medidas correctoras.

Las reformas aprobadas en 2.013 ambicionan la sostenibilidad del sistema mediante la reducción del valor real de la pensión media ampliando el número de años de contribución que se utilizan para el cálculo de las mismas, retrasando la edad de jubilación e introduciendo dos factores de sostenibilidad. Sin embargo, el mantenimiento de las pensiones públicas será muy complejo a largo plazo por el problema demográfico español.

El desembolso en pensiones superó el pasado mes de junio el nivel histórico de 8.000 millones de euros para pagar las pensiones de jubilación de 5,5 millones de españoles con una prestación media de 1.000 euros al mes. Mileuristas.

Eduardo Mendoza sentenció en La verdad sobre el caso Savolta que “un problema deja de serlo si no tiene solución”. Me atrevería a aportar que un problema también deja de serlo si yo no puedo contribuir a la solución del mismo. Deja de ser un problema para convertirse en unas nuevas reglas de juego sobre las cuales tendré que tomar, o no, mis decisiones. El asunto que nos ocupa ha dejado de ser un problema para convertirse en un hecho real.

Ante la incertidumbre de saber cuál será el importe real de nuestra pensión pública cuando nos jubilemos sólo tenemos dos alternativas: una, dejarlo todo en manos del ministro del ramo de entonces u ocuparnos personalmente de resolver el problema sobre cuál será mi nivel de ingresos el día en que deje atrás mi actividad laboral.

Seguramente estará pensando que, con la urgencia de los problemas cotidianos agravados estos últimos años como consecuencia de la crisis impide atender a cuestiones decisivas de más largo alcance. Y es verdad, pero el problema es que tampoco lo hacíamos cuando nos considerábamos ricos antes de 2.008. Es una carrera de fondo.

Tres de los elementos cruciales a tener en cuenta  para planificar nuestro ahorro a largo plazo son el cuándo comenzar a ahorrar, qué rentabilidad vamos a obtener  por nuestros ahorros y la fiscalidad de las aportaciones realizadas y de las prestaciones percibidas.

Si nuestro mileurista jubilado de 67 años quisiera ver complementada su pensión pública antes de impuestos con otra renta mensual de igual cuantía proveniente de nuestro ahorro privado debería tener acumulado hoy un capital de 390.000 euros, aproximadamente. Con este capital y la pensión pública podría percibir una renta anual vitalicia de 24.000 euros brutos anuales.

Estimando una rentabilidad neta del 3% anual acumulada, las aportaciones mensuales necesarias para garantizar este capital habrían sido muy diferentes en función de cuándo hubiera comenzado a realizar nuestra primera contribución:

Si lo hubiera dejado para última hora, el esfuerzo será necesariamente importante. Comenzando a los 55 años, la aportación necesaria para garantizar una pensión mensual de 1.000 euros a los 67 años es de 2.245 euros mes. Simplificando, cada mes hubiera tenido que financiar dos meses de su jubilación.

Si hubiese visto la luz diez años antes, a los 45, la aportación requerida habría sido menos de la mitad, 1.045 euros. Uno a uno, y

Si hubiera tenido una educación financiera integrada en su plan educativo que le hubiese motivado a iniciar este ahorro a los 35 años, con 600 euros mensuales habría sido suficiente para conseguir la misma pensión privada objetivo.

Es decir, el esfuerzo mensual que tenemos que realizar al comenzar a ahorrar para nuestra jubilación es casi 4 veces más severo dependiendo de si comenzamos a los 35 o a los 55 años. En la práctica, comenzar muy tarde hace imposible que podamos tener una pensión complementaria suficiente a nuestro nivel de ingresos en el período de actividad.

 ¿Y qué ocurre si nuestras inversiones obtienen una rentabilidad diferente? ¿Impacta mucho en mi pensión futura la gestión de esos activos? La contestación es un rotundo sí.  Analicemos el ejemplo anterior duplicando la rentabilidad obtenida. Es decir, un 6% frente al 3%:

Comenzando a los 55 años, la aportación mensual sería de 1.865 euros frente a los 2.245 euros anteriores. La reducimos en un 17%. 

A los 45, la aportación requerida hubiera sido de 723 frente a los 1.045 euros previos, un 31% menos, y

Con 35 años, la contribución habría sido de 345 frente a los 600 euros, un 43% menos.

Es decir, es imprescindible una vigilancia permanente del gestor de nuestras inversiones ya que, en función de su desempeño, nuestro esfuerzo de ahorro a largo plazo puede verse recompensado por unas prestaciones tremendamente superiores a la estimadas inicialmente o dar al traste con nuestro nivel de ingresos deseado al acceder a la jubilación.

El tercer y último elemento crítico para planificar nuestro ahorro a largo plazo es la fiscalidad de las aportaciones realizadas y las prestaciones cobradas. Desgraciadamente para nuestros intereses este asunto escapa de nuestro control y afecta enormemente a las empresas.

¿Qué opinan nuestros políticos sobre la necesidad de complementar las pensiones públicas? La Comisión del Pacto de Toledo recomendó abordar la ordenación de la previsión social complementaria potenciándola como elemento de consolidación del modelo de protección social. En concreto, propuso la actualización y mejora de los incentivos fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial atención a los sistemas colectivos.

Con esta finalidad, casi 10 años después, se estaba elaborando un Real Decreto que tenía por objeto regular el contenido de la información para hacer efectivo el acceso de los trabajadores a una información personalizada sobre su pensión estimada a la jubilación de la Seguridad Social así como sobre los instrumentos de carácter complementario o alternativo que contemplaran compromisos por jubilación. Esta información se extendería, inicialmente, a los trabajadores con 50 o más años de edad aunque parece que esta iniciativa se retrase hasta el próximo año.

Sin embargo, parece que los sistemas colectivos de previsión empresarial siguen sin ocupar una de las prioridades de la agenda del ejecutivo actual: La entrada en vigor del RD Ley 16/2013, en cuanto que  considera las aportaciones a los Planes de Pensiones de Empresa y las primas pagadas a los Seguros Colectivos conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, ha supuesto un jarro de agua fría para el desarrollo de la previsión complementaria al incrementar en un 31% el coste de las empresas la promoción de este tipo de retribución. Y el nuevo IRPF amenaza que reducirá el límite máximo de aportación a los planes de pensiones.

En cualquier caso, atentos al desenlace final del marco fiscal y legal, la acción política no podrá ser sustitutiva a nuestra decisión de complementar o no la cuantía de nuestra futura pensión pública. El legislador determinará las reglas de juego, pudiendo limitar el largo y ancho del terreno de juego, con reglas más o menos atractivas, pero nunca podrá jugar por nosotros.

¿Y qué papel van a jugar las empresas en todo esto? Al margen de la ola de consultas que previsiblemente van a tener que atender de sus empleados mayores de 50 años cuando estos reciban la información sobre su futura pensión de la Seguridad Social y, cuando concurran, de los planes de pensiones de empresa y seguros colectivos de ahorro, este escenario representa una gran  oportunidad para la gestión del talento y una enorme responsabilidad social para con todos los trabajadores.

Las empresas que incluyan en sus paquetes de compensación total sistemas de previsión social complementarios flexibles, donde el empleado pueda realizar aportaciones voluntarias y beneficiarse de una mayor rentabilidad por una mejor gestión y menores comisiones, destacarán por encima de las demás en la lucha por conquistar al mejor talento. Pero así mismo tendrá una responsabilidad social con todos los empleados sensibilizándolos de la necesidad de destinar una parte de su compensación actual a un salario diferido, para hacer frente a la disminución del nivel de vida en el supuesto de jubilación, invalidez o fallecimiento. Para ello, tendrá que poner en práctica constantes programas de formación y concienciación para que después, cada empleado, en función de sus preocupaciones y necesidades personales y familiares decida libremente cómo quiere redistribuir su compensación.

Para concluir, reiterar que el problema de mantener un nivel de ingresos suficiente al acceder a la jubilación está encima de la mesa, nuestra mesa. Está en nuestras manos la decisión de intentar resolverlo de acuerdo con nuestras posibilidades presentes y futuras o de pensar que el problema no es nuestro. Y me temo que nadie se va a preocupar mejor por nosotros que nosotros mismos. O nuestras empresas.

 

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