Registrar la hora de entrada y salida es obligatorio desde el 2019: así se establece en el Real Decreto-Ley 8/2019 y en el punto 34.9 del Estatuto de Trabajadores. Sin embargo, y pese a que ya ha pasado tiempo desde que se estableció la ley y las empresas ya han podido integrar el sistema de fichaje que más se les ajuste, muchas siguen presentando irregularidades en sus controles horarios. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) e Inspección del Trabajo, durante los últimos 3 años han sido detectadas 3.299 infracciones en materia de registro de jornada.
No disponer de un sistema de control horario tiene consecuencias negativas sobre los trabajadores. Según aclara Marcelo Dos Reis, CEO del Grupo SPEC, compañía experta en soluciones de control horario y gestión de accesos, “al no llevar un control horario preciso, es posible que los trabajadores estén realizando horas extras sin que se remuneren”. Sin embargo, el último responsable de cualquier irregularidad en el control horario, ya sea por culpa de la falta de un sistema o de trabajadores que se niegan a fichar, es la propia compañía. En este sentido, las sanciones económicas a las que se enfrentaría la empresa oscilarían entre los 60€ y los 6.250€. Según explica Marcelo Dos Reis, “ el empleado no tiene responsabilidad ante la ley cuando se trata del registro horario”. Pero, ¿qué sucede si, pese a que la empresa dispone de un sistema de fichaje, el trabajador se niega a registrar sus entradas y salidas?
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