Los empleados pueden adquirir equipos informáticos y conectividad con un ahorro de hasta un 43% en el IRPF, mientras que las empresas pueden deducirse entre un 4 y un 8% en el Impuesto sobre Sociedades, gracias a la implantación de los programas Hogar Conectado a Internet (HCI), cuyo fin es habituar a los trabajadores en el uso de las nuevas tecnologías, principalmente en el acceso a Internet.
Así se puso de manifiesto en un desayuno organizado por Fundetec y Anetcom y celebrado el martes en Valencia.
El objetivo de este encuentro era presentar a las empresas de la Comunidad Valenciana las ventajas de los programas HCI. Para ello, se organizó una mesa redonda titulada ‘La tecnología como vehículo para mejorar la productividad y competitividad de la empresa’, en la que intervinieron Blanca Martínez de Vallejo, secretaria autonómica de Telecomunicaciones de la Generalitat Valenciana; José Manuel Santiago, director general de Seisdosmil, empresa del Grupo Raxon especializada en la implantación de programas HCI; y Juan Jesús Martínez, de la Fundación Garrigues, especializado en temas fiscales.
Al implantar un programa HCI, las empresas facilitan a sus empleados la adquisición en condiciones ventajosas de un ordenador con conexión a Internet para su uso personal –y el de sus familias–, favoreciendo así su inclusión en la Sociedad de la Información. Como contrapartida, los trabajadores adquieren nuevas destrezas y conocimientos tecnológicos que pueden aplicar en su puesto de trabajo, lo que repercute en una mejora de la productividad de la empresa, que además obtiene una serie de beneficios fiscales. Tal y como explicó Juan Jesús Martínez, tras la reforma de la Ley de IRPF que entró en vigor el pasado 1 de enero, “HCI no sirve sólo para habituar en las nuevas tecnologías a empleados sin conocimientos previos, sino que también beneficia a aquellos que ya disponen de equipos informáticos pero desean renovarlos”. De este modo, añadió, el empleado puede acceder a un equipo “libre de impuestos y con un descuento fiscal importante” para el ámbito doméstico, sin suponer una carga de trabajo adicional, ya que el programa no contempla su uso profesional”. A través de HCI, el empleado acepta voluntariamente una transformación temporal de una parte de su salario monetario en salario en especie, con lo que obtiene unos beneficios fiscales en la compra de un equipo informático de última generación que no se obtendría sin estos programas. En este sentido, José Manuel Santiago afirmó que esta iniciativa es también “muy interesante” para las empresas, ya que “su implantación no genera demasiado trabajo para ellas y pueden decidir si llevarlo a cabo con coste cero para la compañía, con coste compartido con el empleado o con un coste del 100% en beneficio de los trabajadores”. Según Santiago, la media de trabajadores por compañía adheridos a estos programas es de un 30%, aunque en empresas más pequeñas se alcanza hasta el 50%. Por su parte, Blanca Martínez de Vallejo destacó que este tipo de iniciativas fomentan no sólo el aumento cuantitativo de usuarios conectados a la Sociedad de la Información, sino que, sobre todo, favorecen un uso inteligente de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Asimismo, defendió la implantación de los programas HCI en la Administración Pública, para que también los empleados públicos puedan beneficiarse de sus ventajas.
Al desayuno asistieron también los directores generales de Anetcom, José Luis Colvée, y de Fundetec, Alfonso Arbaiza, quien explicó que impulsar los programas HCI es un objetivo claro de Fundetec desde su creación, y que para ello se están organizando encuentros en diferentes ciudades españolas con objeto de dar a conocer sus ventajas a empresas y empleados.
Aspectos legales
El origen de estos programas se sitúa en la Ley 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa, que luego se concreta en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Según este texto legal, determinados equipos entregados por las empresas a sus trabajadores para utilizar Internet en su domicilio se consideran gastos de formación profesional, y no renta en especie en el IRPF del empleado, por lo que quedan exentos de este impuesto, al tiempo que la empresa puede aplicarse una deducción de entre el 5 y el 10% de los gastos incurridos. Posteriormente, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, de reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en vigor desde el pasado 1 de enero, ha reforzado estos beneficios fiscales.
Los programas HCI se han aplicado ya con éxito en otros países europeos, como Suecia y Reino Unido, donde se ha demostrado la eficacia de iniciativas apoyadas en unos incentivos fiscales similares a los de España. En Suecia se consiguió que entre 1997 y 2002 el grado de penetración de los ordenadores en el hogar pasara del 38% al 82%, lo que ha situado a este país a la cabeza de los rankings internacionales. Por su parte, el Gobierno del Reino Unido estableció unos incentivos fiscales a los programas HCI y se volcó en apoyar su utilización por parte de las empresas, obteniendo un impacto muy considerable: sólo en 2005 se acogieron 700.000 empleados. Logrados los principales objetivos, el incentivo se derogó en 2006.
Los comentarios están cerrados.