La accesibilidad web no es un capricho: es una obligación. Una obligación por ley que afecta a todas las Administraciones Públicas; también es un derecho de todos los ciudadanos, incluidas las personas con algún tipo de discapacidad, que deseen acceder a servicios y contenidos a través de Internet. Desde enero de 2006 las páginas oficiales de las Administraciones Públicas deben ser accesibles, tal y como establece la LSSI vigente desde 2002.
Ahora, el proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI), en tramitación en el Congreso de los Diputados, amplía esta obligación a las grandes compañías que prestan un servicio de interés general (telefónicas, agua, gas…) y a todas aquellas entidades y empresas que reciban financiación pública, incluyendo a los centros educativos, de formación y universitarios, y a los centros privados financiados por la Administración.
Todos ellos deberán cumplir con el nivel medio de accesibilidad a partir del 31 de diciembre de 2008. Hasta aquí todo claro: la ley se refiere a "todos" y a partir del 1 de enero de 2009, es decir, con tiempo para adaptar estas webs empresariales a lo que ya han hecho miles de ayuntamientos y otros sitios administrativos.
La coletilla infame
Pero la ley incorpora una coletilla después de la obligación de nivel medio de accesibilidad, que dice así: "Siempre que ello sea técnicamente viable y económicamente razonable y proporcionado".
Esta coletilla -que vincula el cumplimento de la accesibilidad web a cuestiones técnicas y económicas- no satisface al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) que considera "un ataque sin precedentes", que "deroga el principio general hasta ahora establecido", "admitiéndose desde ahora excepciones a la accesibilidad de los sitios públicos en función de peregrinos criterios de coste o de dificultad técnica". El CERMI espera que la LISI sea enmendada durante su tramitación parlamentaria.
El Ministerio de Industria, impulsor del proyecto de ley no lo ve así. Asegura que no es cierto que la LISI derogue el principio general de accesibilidad, sino que lo amplía a más instituciones, empresas y colectivos que antes no estaban obligadas, y a mayor nivel: "la LSSI establecía el nivel básico. El proyecto de ley, el medio".
Respecto a la coletilla relativa "siempre que ello sea técnicamente viable y económicamente razonable y proporcionado", fuentes del Ministerio aseguran que "estos criterios sólo afectan a la exigencia de alcanzar el nivel medio de acesibilidad, y en ningún caso el nivel básico actualmente obligatorio, aunque se tiende a favorecer el cumplimiento del nivel medio".
Jesús García, de la Unidad de Accesibilidad Web de la Fundación CTIC, explica que si bien es cierto que la LISI establecía condiciones generales sin fijar grados, en el preámbulo del texto se hace referencia a las directivas europeas que sí hablan del nivel medio de accesibilidad que establece el W3C". Además, asegura, "mientras una ley no imponía condiciones al cumplimiento, la LISI sí las impone". García recuerda que la orden ministerial que regula los registros y las notificaciones telemáticas de 2003 indica implícitamente el nivel AA (nivel medio) de accesibilidad. "El registro telemático y el servicio de notificación telemática deberán cumplir los requerimientos en materia de accesibilidad establecidos por la Iniciativa para una Web Accesible (WAI) del Consorcio World Wide Web y en particular las especificaciones de la Recomendación de 5 de mayo de 1999 sobre Pautas de Accesibilidad del Contenido en la Web, versión 1.0, en su nivel AA".
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