31 de octubre de 2024
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La UEx convoca 54 becas de formación a tiempo parcial en el Servicio de Biblioteca y una en la de Publicaciones

La UEx convoca 54 becas de formación a tiempo parcial en el Servicio de Biblioteca y una en la de Publicaciones

La Universidad de Extremadura (UEx) convoca 54 becas de formación a tiempo parcial en el Servicio de Biblioteca, Archivos y Documentación y 1 beca de formación a tiempo parcial en el Servicio de Publicaciones de la UEx.

Con estas becas, según informó la UEx a Europa Press, se pretende proporcionar formación a través de la colaboración en tareas propias de bibliotecas universitarias o del Servicio de Publicaciones según proceda, bajo la supervisión del Director de la Biblioteca de destino o del Servicio de Publicaciones.

Estas becas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda al estudio o puesto de trabajo remunerado tanto en la administración pública como en la empresa privada, con excepción de las ayudas al estudio de carácter general concedidas por el Ministerio de Educación y Ciencia y por la Junta de Extremadura.

El disfrute de las becas no supone la existencia de relación laboral alguna con la UEx, ni implica compromiso contractual por parte de la misma, viniendo obligados sus beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto antes de iniciar las tareas de formación en que las mismas consistan.

Para optar al disfrute de las becas los candidatos deben poseer la nacionalidad española o de un estado miembro de la CE o de un estado iberoamericano, ser residente en Extremadura durante al menos los dos años anteriores a la convocatoria de la beca.

No haber disfrutado de estas becas en la UEx durante dos cursos académicos con anterioridad, estar matriculado en el curso que corresponda al período de disfrute de la beca en curso superior a primero de Licenciatura, Ingeniería o Diplomatura oficial impartida en la UEx y haber estado matriculado en el curso anterior y estar matriculado en el curso de disfrute de la beca en al menos el 75 % de los créditos o asignaturas que exija el Ministerio de Educación y Ciencia para conceder sus becas o ayudas de carácter general.

DURACIÓN Y DOTACIÓN DE LAS BECAS

El período de disfrute de estas becas será desde la el 15 de octubre de 2007 hasta el 30 de junio de 2008, teniendo, en los casos que se consideren y en atención a necesidades surgidas durante el período estival, la condición de prorrogables y la dotación de las becas será de 220 euros/mes.
Las solicitudes se presentarán por escrito en el impreso normalizado de solicitud diseñado al efecto en los Registros Generales de la UEx de cada semidistrito y serán dirigidas al Presidente de la Comisión de Selección de las becas (vicerrector de Estudiantes).
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 14 de septiembre de 2007.

La UEx seleccionará a los beneficiarios de la beca mediante la nota media del expediente académico, que se calculará a partir de las calificaciones numéricas obtenidas en las convocatorias utilizadas, también teniendo en cuenta la renta familiar per cápita media, que se calculará tomando como base el procedimiento establecido para la concesión de becas y ayudas de carácter general por el Ministerio de Educación y Ciencia.

De la misma manera, existen unos criterios de selección adicionales, mediante los que se concederán un máximo de 2 puntos, consistentes en estar cursando estudios de Biblioteconomía y Documentación (1 punto), haber disfrutado de una beca de formación en los Servicios de Bibliotecas o de Publicaciones de la UEx (0.1 puntos/mes.

También acreditación de conocimientos de otros idiomas a nivel medio-avanzado (certificados de la Escuela Oficial de Idiomas, certificados de otros cursos oficiales, estudios de Filología o equivalentes), hasta 0.5 puntos, a juicio de la Comisión de Selección según nivel de conocimientos e interés del idioma para la Biblioteca Universitaria de destino o Servicio de Publicaciones y poseer estudios y conocimientos de informática (máximo 1 punto).

RESOLUCIÓN DE LAS BECAS

La selección de los candidatos será realizada por una Comisión de Selección nombrada por el rector de la UEx.

La relación definitiva de becarios será publicada en los tablones de anuncios del Rectorado del Semidistrito de Badajoz y del Vicerrectorado de Estudiantes (edificio Rectorado, Plaza de Caldereros, s/n Cáceres) y en la página web.

En caso de producirse renuncia a alguna beca durante los primeros 9 meses de su disfrute, se adjudicará al siguiente candidato según el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección.

OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS

Serán obligaciones de los beneficiarios de becas de formación acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en las bases de la convocatoria, seguir durante el curso correspondiente al período de disfrute de la beca, por enseñanza oficial, los estudios en que se encuentren matriculados y dedicar 15 horas semanales a las tareas de formación y colaboración en la Biblioteca.

También el desarrollo de la colaboración de los becarios estará sujeto a la normativa de régimen interno elaborada a tal fin por los Servicios de Biblioteca y Publicaciones, el incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será comunicada inmediatamente al Presidente de la Comisión de Selección por los responsables de los Servicios correspondientes, a efectos de la apertura de expediente, que podrá concluir con la revocación de la beca y la imposibilidad de obtener dicho beneficio en el futuro y no se admitirán interrupciones temporales de la beca, salvo casos excepcionales debidamente razonados, a juicio de la Comisión de Selección de la misma.

RENUNCIAS

La renuncia a la beca concedida, sin causa que lo justifique a juicio de la Comisión de Selección que la otorgó, supondrá la imposibilidad de volver a solicitar una ayuda de estas características en el futuro.

En caso de renuncia en plazo menor de 15 días, desde la incorporación del becario, no devengará derecho a percepción económica alguna.

La anulación de la matrícula por falta de pago de la misma o de algunos de sus plazos supondrá la inmediata revocación de la beca de formación a tiempo parcial y la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la UEx la totalidad de las cantidades percibidas por dicho concepto, sin perjuicio de las posibles acciones legales que pudiera emprender la Universidad contra el becario por posible fraude.

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