25 de noviembre de 2024
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CC.OO. Canarias denuncia que los servicios de prevención ajenos dan un servicio insuficiente a las empresas de las islas

CC.OO. Canarias denuncia que los servicios de prevención ajenos dan un servicio insuficiente a las empresas de las islas

Muchos Servicios de Prevención Ajenos (SPA) no tienen capacidad para cumplir con su deber de asesoramiento hacia los empresarios y los trabajadores denuncia el gabinete de Salud Laboral y Medioambiente de CCOO Canarias, que ha podido constatar que muchos SPA no están realizando la tarea para la que han sido creados.

El sindicato recuerda que tras el Real Decreto 688/2005, de 10 de junio, que separó a los Servicios de Prevención Ajenos de las Mutuas, los SPA se han convertido en empresas privadas cuyos objetivos son los de "mayor rentabilidad". Por ello, cree que se ha creado una dinámica "mercantilista" porque ofrecen servicios a muy bajo coste donde el asesoramiento eficaz en prevención "casi no existe, pues en muchas ocasiones no existe tiempo real para ello".

Los técnicos de prevención que prestan sus servicios en los SPA se ven en ocasiones saturados, asegura CCOO Canarias, y llegan incluso a tener en sus agendas "hasta doscientas empresas a las que asesorar. Como es previsible, el asesoramiento que se puede hacer en estos casos es muy escaso. Esta situación se ve agravada por la falta de cultura preventiva que aún existe entre el empresariado canario, si bien es verdad que esta situación se empeora en la pequeña y mediana empresa, donde no existe presencia sindical. Además, estos servicios de prevención se ven acorralados entre los intereses de la empresa "cliente" a la que asesora y la seguridad y salud de sus trabajadores/as", informa CCOO Canarias en un comunicado.

El sindicato indica que en la mayoría de los casos, cuando un empresario va a contratar un servicio de prevención ajeno, busca entre varias alternativas, tratando de encontrar aquella que sea más económica, sin tener en cuenta la calidad de los servicios que ofrece. "En los presupuestos la formación está aparte y el número de evaluaciones a realizar influye en el precio, por lo que muchos empresarios (generalmente aquellos que infravaloran la seguridad y salud de sus trabajadores) optan por contratar lo mínimo, esperando cumplir los mínimos legales. Todo aquello que suponga pagar más, lo consideran como un gasto excesivo que el SPA presenta para tener más beneficios. Estos empresarios/as también contratan a los SPA más baratos, sin importarles la calidad del servicio que teóricamente prestan", critican.

"También existen empresarios que consideran que un SPA es bueno cuanto menos exigente sea y menos medidas les obliguen a implantar. No podemos olvidar que muchos empresarios/as siguen limitándose al cumplimiento documental de la ley para evitar sanciones".

Para el sindicato esta situación se traduce en trabajadores a los que no se les está protegiendo su salud como debiera, viéndose reflejado en evaluaciones muy generales sin ser específicas a cada puesto de trabajo, en planes de formación incompletos y muy teóricos y en empresarios poco asesorados y que implica poco interés en la prevención de riesgos laborales. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 31-2 especifica que el fin de los servicios de prevención es "garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados". Los trabajadores consultados afirman que este asesoramiento no existe por parte del empresario o del SPA.

A juicio de Carmen Marrero, secretaria de Salud Laboral y Medio Ambiente, esta situación sólo podrá cambiar cuando realmente se cumpla con el artículo 33 de la Ley 31/1995, que recoge el derecho de los trabajadores a ser consultados en relación a la "organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en la empresa, incluido […] el recurso a un servicio de prevención externo".

Por último, la Secretaría de Salud Laboral y Medioambiente de CCOO Canarias, destaca que muchos empresarios creen que su deber de protección hacia los trabajadores termina en la contratación de un SPA que asumirá las responsabilidades que la ley claramente les confiere a ellos. "Es preciso dejar claro al empresariado que tal obligación no podrá nunca ser delegada en otra figura, ni gerentes, ni SPA y menos aún delegados de Prevención".

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