El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado, ha decidido suspender en sus funciones al director gerente de Mutua Universal y al resto del personal implicado en el procedimiento penal una vez estudiadas las alegaciones de Mutua Universal, así como dejar en suspenso las funciones correspondientes a los contratos de alta dirección y los apoderamientos de carácter general existentes en la mutua.
En un comunicado, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales indicó que la resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad Social obliga a la entidad a presentar un plan de subsanación de las deficiencia e irregularidades puestas de manifiesto por la Intervención General.
La resolución de la Secretaría de Estado ha sido hoy enviada a Mutua Universal, que tiene un plazo de quince días hábiles desde la recepción de la notificación para someter a la aceptación de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social a la persona que designen para sustituir al director gerente.
Según el Ministerio, en el caso de que en el plazo citado la entidad no designe a un nuevo director gerente, o si su propuesta no obtiene el beneplácito de la Dirección General de Ordenación, será ésta dirección general quien lo designe.
PLAN DE SUBSANACIÓN.
Una vez que se haya nombrado a la persona que sustituirá al director gerente suspendido, la entidad aseguradora tendrá un plazo de 45 días hábiles para someter a la aprobación de la dirección general de ordenación un plan de subsanación de las deficiencias e irregularidades denunciadas.
Ese plan, que deberá ser aprobado por las Junta directiva de Mutua Universal, contempla medidas disciplinarias respecto al personal con contrato de alta dirección o incluido en el procedimiento legal, así como iniciativas para la desvinculación total y absoluta de las empresas afectadas y actuaciones respecto a las retribuciones y dietas del director gerente.
Asimismo, el plan incluye la puesta en marcha de iniciativas para subsanar las irregularidades detectadas en relación con la gestión de la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y el reintegro a la Seguridad Social de los importes imputados como gastos no asumibles por este organismo.
La resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social obliga además a Mutua Universal a llevar a cabo las medidas necesarias para que la gestión de la entidad no resulte afectada por las medidas cautelares adoptadas.
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