La nueva ley, que el Gobierno catalán tramitará el año próximo, fue reclamada por el Síndic de Greuges ante los numerosos Industrias y otras actividades deberán evaluar los olores para evitar molestias. Ésta será una condición imprescindible para poder obtener una nueva licencia conflictos que ocasiona la pestilencia en muchas zonas de Catalunya.
La futura ley obligará a un amplio abanico de industrias y actividades a hacer un "examen" de su "potencial incidencia olfativa" en el entorno como un requisito para conseguir la autorización o la licencia ambiental municipal de actividad. La evaluación se exigirá tanto a las nuevas actividades como a las que deban adecuarse a la ley de 1998 (de Intervención Integral de la Administración Ambiental).
Entre las industrias afectadas se encuentran las químicas, las refinerías de petróleo y gas, instalaciones de cría intensiva de animales, plantas de compostaje de basura, vertederos y fábricas de papel. También aparece un amplio abanico de industrias agroalimentarias que incluye mataderos, procesados de carne, de café o de cacao, cerveceras, hornos industriales de pan o secado de cereales. En muchos casos se trata de instalaciones de pequeño tamaño de exclusiva competencia municipal.
Las empresas involucradas deberán presentar (en los referidos trámites) un análisis de las emisiones de olor de su actividad así como una relación de las fuentes que los provocan. También tendrán que detallar el nivel de olores generados -según una metodología de referencia descrita-, identificar los posibles afectados y detallar las medidas preventivas. Finalmente, deberán describir las buenas prácticas adoptadas para evitar la contaminación odorífera.
La valoración de los datos corresponderá a la Generalitat o los ayuntamientos -según el tipo de actividad-, quienes serán también responsables de fijar las medidas correctoras para evitar la peste de las plantas depuradoras de agua y el alcantarillado.
La ley, además, pretende atajar el hedor atribuible a más de un foco o cuando tenga un origen desconocido. Para estos casos, la Generalitat y los ayuntamientos podrán declarar zonas contaminadas, lo que comporta la elaboración de planes de actuación.
La ley también incluye un régimen sancionador y clasifica como infracciones muy graves el falseamiento de la documentación, ocultar o alterar datos u obstaculizar la inspección. Las sanciones más graves pueden oscilar entre los 3.001 euros y los 90.000 euros.
El Departament de Medi Ambient persigue someter el borrador del anteproyecto de la ley a un amplio proceso de información público a lo largo de este año.
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