24 de diciembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Nueva ayuda para autónomos que sufran un accidente laboral

Nueva ayuda para autónomos que sufran un accidente laboral

La Seguridad Social ha establecido una ayuda para los autónomos que hayan sufrido un accidente laboral, según ha resaltado la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

En concreto, la organización ha afirmado que el pasado 13 de diciembre se publicó una resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en el BOE que regula las ayudas potestativas que las mutuas pueden otorgar en casos de necesidad para aquellos trabajadores que hayan sufrido un accidente así como su cónyuge, pareja o hijos.

Dentro de estas, se establece una prestación específica para los trabajadores autónomos y consiste en una ayuda económica para afrontar los gastos que supone eliminar las barreras arquitectónicas del local donde desarrolle su negocio o actividad a fin de adaptarlo a las nuevas necesidades físicas del autónomo surgidas tras el accidente de trabajo o enfermedad profesional.

ATA ha asegurado, en un comunicado recogido por Europa Press, que esta ayuda fue creada hace dos años e impulsada por su organización. De hecho, esta prestación se viene concediendo desde entonces a aquellos trabajadores autónomos asociados a la Mutua Universal que se encuentran en esta situación.

No obstante, con la nueva normativa se elimina el resto de ayudas graciables que constituían el catálogo de prestaciones para trabajadores por cuenta propia y entre la que destacaba la concesión de una ayuda económica para la contratación de un trabajador durante un año, como máximo, que sustituyera al autónomo accidentado durante su recuperación.

Prestaciones potestativas

ATA ha señalado que las ayudas a la rehabilitación y tratamiento en centros especiales del trabajador, adaptación de su vivienda o vehículo, gastos de desplazamiento suyos y de familiares, prótesis avanzadas, ayuda domiciliaria, cursos para la inserción laboral, son algunas de las prestaciones potestativas que recoge esta norma.

Asimismo, ha resaltado que estas ayudas podrán ser también solicitadas a través de las comisiones de prestaciones especiales de las mutuas de accidentes de trabajo, siempre que se justifique el estado de necesidad originado por el accidente o enfermedad profesional.

El secretario general de ATA, José Luis Perea, ha afirmado que, aunque la concesión de estas ayudas son potestad de las mutuas, ya que van más allá de sus obligaciones legales, cree que esta acción de la Seguridad Social viene a completar la protección del trabajador autónomo frente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales situándolo al mismo nivel de protección que el asalariado.

«Desde ATA celebramos que nuestras iniciativas poco a poco se vayan adaptando y ampliando a todo el colectivo. Llevamos 25 años al servicio de los autónomos con un objetivo claro: hacerles la vida más fácil», ha añadido.

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué tendencia en RRHH crees que transformará más las organizaciones en 2025?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital