27 de noviembre de 2024
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Nuevo Decreto-Ley de Control Horario: ¿Qué dice la nueva normativa y a qué multas se enfrentan las empresas que la incumplan?

Nuevo Decreto-Ley de Control Horario: ¿Qué dice la nueva normativa y a qué multas se enfrentan las empresas que la incumplan?

Las sanciones económicas versan desde los 60 hasta los 188.000 euros en función de la gravedad de la infracción

Estamos en una semana especial. Y es que el próximo domingo, 12 de mayo, entra en vigor el Nuevo Decreto-Ley de Control Horario por el cual se establece la obligatoriedad de establecer un sistema de control horario en todas las empresas. Es decir, desde ese día es obligatorio fichar en todas las empresas y para todos los trabajadores. 

El motivo de la llegada de esta nueva normativa es tener un control y un registro de las horas trabajadas, en beneficio tanto de empresas como de trabajadores. Para las primeras, será una manera de controlar los tiempos de trabajo y el absentismo laboral; para los segundos, supone una medida de ‘defensa’ frente a las horas extras, especialmente aquellas por las que no se reciben retribución. 

Las opiniones han sido variadas y para todos los gustos: unos creen que benefician más a las empresas, otros a los trabajadores, otros piensan que no beneficia a nadie… lo único cierto es que tanto empleados como empresarios van a tener que acostumbrarse a esta nueva legislación, a los nuevos mecanismos de control y a cumplir de manera exhaustiva todo lo que estipula la nueva ley.

Para aclarar más el asunto repasamos lo que dice la nueva ley de control horario:

  • El Art. 12, establece: “la jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias”. 
  • El Art. 34, “Será de obligación de la empresa registrar la jornada de cada trabajador de forma fehaciente. Este registro de jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida”. 
  • El Art. 35, “la obligatoriedad de que cada trabajador reciba mensualmente la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado en dicho mes, también los representantes sindicales y comités de empresa recibirán esta información de toda la plantilla”.

*Los registros deberán guardarse durante cuatro años

Multas de entre 60€ y 187.515€

Y en cuanto a las multas o sanciones que pueden tener que pagar las empresas que no cumplan con el decreto-ley, la cantidad es variable en función de la gravedad de la infracción:

  • Infracciones leves: 60€ – 625€ (Si se falta a la información de las condiciones laborales más importantes)
  • Infracciones graves: 625€ – 6.250€ (Si se detectan irregularidades en el registro de las horas)
  • Infracciones muy graves: 6.250€ – 187.515€ (Si las irregularidades acumulan grandes diferencias)

Es por ello que, debido a la inminente llegada de la ley de control horario, preguntamos a nuestros lectores; queremos saber a quién piensan que beneficia esta nueva normativa: ¿A las empresas? ¿A los trabajadores? ¿Al Gobierno? ¿A todos? ¿A ninguno?

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10 comentarios en «Nuevo Decreto-Ley de Control Horario: ¿Qué dice la nueva normativa y a qué multas se enfrentan las empresas que la incumplan?»

  1. Que bien con esta nueva ley asi ya no van a explotar tanto al trabajador que hace muchas horas extras al mes y eso no te lo pagan

  2. Como se hace el control horario a un trabajador que entra a trabajar por la mañana de un lunes, se desplaza a otra provincia a trabajar y no vuelve en toda la semana
    Y vuelve un viernes por la tarde.

  3. ¿Y si trabajo visitando a clientes?, ¿o pescando en alta mar?, ¿y si trabajo estudiando el fondo marino, o jugando al fútbol?

  4. Empresas como Leroy Merlín que presumen de cumplir con la Ley,tienen a todos a sus mandos intermedios sin control horario y trabajando 10 ó 11 horas diarias . Horas que si se pagan…ni se devuelven en días libres. Según su RRHH NACIONAL….por que estos trabajadores están fuera del convenio colectivo de la empresa. Es decir están abandonados a su SUERTE.

  5. Trabajo en el montaje ; Refinería, y otras fábricas. Soy Refractarista y no tenemos zona de trabajo fija ya que trabajamos por toda España siempre trabajando a 12 horas y no tenemos convenio para nuestro sector

  6. Hay que leerse el Estatuto de los Trabajadores que en su Artículo. 2 deja bien claro quién «no está sujeto a este férreo y severo control horario». Ojo !! Que estoy totalmente a favor de que haya un horario y jornada para todos los trabajadores. . . Pero lo de éste Decreto -Ley se pasa de Gran Hermano Controlador

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