27 de noviembre de 2024
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Tras cinco años de la Reforma Laboral

Tras cinco años de la Reforma Laboral

INTRODUCCIÓN

La reforma laboral ha funcionado, es un hecho que tras la Ley 3/2012, así como el posterior RDL 3/2014, se produjo una recuperación del nivel de empleo.

En los últimos cinco años España ha pasado claramente de una situación de destrucción de empleo a creación de puestos de trabajo. La tasa de paro ha descendido desde el primer trimestre de 2012 la friolera de 5,5 puntos hasta situarse en el 18,6% a cierre de 2016, el nivel más bajo desde finales de 2009, según la Encuesta de Población Activa.

OBJETIVOS MARCADOS

El objetivo principal de la reforma fue recoger un conjunto coherente de medidas que pretendían fomentar la empleabilidad de los trabajadores y entre ellas considero especialmente relevante las siguientes:

–              Jornada – Distribución Irregular (10% de la jornada), medida encaminada a facilitar la adaptación de los recursos humanos de las organizaciones a las necesidades particulares de sus negocios y clientes, con lo que se ha favorecido la competitividad.

– Permisos y Conciliación Vida Laboral y Familiar, encaminadas a favorecer la conciliación adaptándose a la realidad de las personas que se han visto modificadas por la incorporación al mercado laboral de nuevas generaciones con otras expectativas.

-Indemnización por despido disciplinario Improcedente con una indemnización de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades que ha mitigado en parte la destrucción del tejido empresarial en uno de los momentos más graves de la pasada crisis.

REFORMA Y “CONTRARREFORMA”

Han sido varios, y polémicos, los fallos de nuestros Tribunales sobre los aspectos más importantes de la reforma laboral, y que nos han hecho pensar que se estaba produciendo un giro a la interpretación que nuestro legislador quería dar a la norma. En otras palabras, que se estaba produciendo una contrarreforma por parte de nuestros Jueces.

La primera sentencia que se hizo oír con fuerza fue la dictada por el Tribunal Supremo el 20 de diciembre de 2013. En ésta, el alto tribunal, estableció que los jueces ya no debían exigir la razonabilidad ni la proporcionalidad de las medidas tomadas. Por lo tanto, se les daba menos poder interpretativo para valorar las causas que aducían las empresas para llevar a cabo los despidos colectivos, generando con esto que un sinfín de los antiguamente denominados EREs fueran declarados nulos.

Además, por todos conocida fue la Sentencia dictada por El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 22 de diciembre de 2014, y por la que se determinaba que los derechos laborales pactados en un convenio colectivo se mantienen pese a expirar su vigencia, tumbando por tanto la «ultra actividad» de los convenios, que tras la Reforma Laboral, limitaba a un año la prórroga automática de un convenio en ausencia de uno nuevo.

Con este pronunciamiento judicial, se daba un duro golpe a una de las reformas más importantes introducidas por la Ley 3/2012, de 6 de julio.

A pesar de lo anterior, parece verse como una vez superados los primeros recelos a esta importante reforma, la amplia mayoría de los Jueces y Magistrados que son los llamados a impartir justicia, han visto el importante paso que ha supuesto una reforma que era ampliamente demandada por los interlocutores sociales.

FUTURO 

Es evidente que derogar la reforma laboral no es el camino para continuar por la senda del crecimiento de empleo, pero no es menos cierto que se han visto necesarios cambios de mayor calado que profundicen en aquellos aspectos en los que se ha visto necesaria una regulación que hasta la fecha no ha existido. La reforma se hizo en un momento crítico para la economía y aunque sea mejorable, no haberla hecho habría supuesto una mayor destrucción del tejido empresarial español.

Se podría abrir un amplio debate sobre la propuesta europea de estudiar la posibilidad de gravar a ciertos robots como si fueran personas ante el avance de la inteligencia artificial en las empresas, aunque esto se antoja lejano y existen amplias cuestiones que en la actualidad están en boga y requieren que sean abordadas con carácter mucho más inmediato.

Es estrictamente necesario que las modificaciones legislativas que estén por venir consoliden las bases para la creación de empleo estable, de forma que el crecimiento económico se traduzca rápidamente en creación de empleo, sin perder a los autónomos y PYMES, proporcionando mayor flexibilidad y capacidad de adaptación.

Esta reforma laboral, debe abarcar el cambio en la perspectiva hacía el trabajo y la dualidad en las condiciones de contratación, esto es, mientras unos mantienen las condiciones del conocido “empleo para toda la vida”, la tendencia en las relaciones laborales irá encaminada hacía al trabajo por proyectos y la reputación online sustituirá al currículum.

Este importante paso debe tenerse en cuenta por el legislador a la hora de plantear futuras reformas, ya sea potenciando una legislación que permita un mayor rotación en el mercado laboral, como en políticas contractuales que permitan una mayor flexibilidad en la contratación facilitando la movilidad.

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